Modificación del Real Decreto Antidopaje para reforzar la candidatura Madrid 2016 (18/09/2009)

Madrid, 18 sep. 09.  Por iniciativa del Consejo Superior de Deportes y a propuesta del Ministerio de la Presidencia, el Consejo de Ministros ha aprobado hoy un Real Decreto por el que se modifica parcialmente el Real Decreto 641/2009 que regula las medidas de prevención y protección de la salud de los deportistas y los procesos de control de dopaje.

 

Se aprueba dicha modificación al objeto de reforzar la Candidatura Madrid 2016, despejando cualquier duda sobre la adecuación del RD 641/2009 al Código Mundial Antidopaje y, asimismo, solventando con carácter definitivo, la salvedad de la Comisión de Evaluación del COI en torno al total cumplimiento del Código Mundial Antidopaje por las autoridades deportivas y antidopaje españolas.   

 

El nuevo texto matiza la franja horaria para realizar los controles fuera de competición, que se establece de seis de la mañana a once de la noche y aclara las causas excepcionales que justifican los controles nocturnos.

 

Por otra parte se concreta la definición de “control en competición” estableciendo que abarca desde 12 horas antes de la participación del deportista hasta la finalización de la misma y el proceso de recogida de muestras relacionado con ella.

 

Con esta iniciativa el Gobierno quiere reforzar la candidatura de Madrid 2016, mostrando, una vez más, su firme y decidido apoyo a Madrid para organizar los JJ.OO. de 2016. Esta reforma  garantiza la plena adecuación del RD 641/2009 al Código Mundial Antidopaje y a la normativa internacional que lo desarrolla. Por tanto,  la delegación española  acudirá el próximo día 2 de octubre a Copenhague para defender la candidatura de Madrid con el aval de los órganos internacionales en materia de lucha contra el dopaje, una vez aclarados los aspectos señalados en su día por la Comisión.