Introducción Normas Europeas

Introducción (Normalización en materia de deportes, Normas UNE-EN; Ambitos de actuación) [PDF]

 

1. NORMALIZACION TÉCNICA EN MATERIA DE DEPORTES

La normalización técnica en materia de deportes es la actividad de elaboración y revisión de normas/especificaciones técnicas en el ámbito del deporte. Es un proceso técnico de carácter voluntario cuyo objetivo es mejorar la calidad de los productos, servicios y empresas, promover la seguridad, permitir la íntercambiabilidad de los productos y disminuir las barreras al comercio. Es una herramienta para conseguir la calidad considerando la seguridad. La normalización técnica la constituyen las normas/especificaciones técnicas al efecto, las cuales recogen la idoneidad, adaptación a la función y seguridad de los productos mediante una serie de requisitos técnicos a verificar mediante métodos de ensayo.
Según el último censo nacional de instalaciones deportivas de 2005, publicado por el Consejo Superior de Deportes, en España existen 79.059 instalaciones deportivas.

 

Respecto al censo de 1975, en el que se contabilizaron 18.088, las instalaciones deportivas en España se han incrementado en un 77,18%. Estos datos reflejan el importante cambio producido en nuestro país en los últimos 30 años. Este cambio puede situar su origen en el artículo 43.3 de la Constitución Española de 1978 en el que se recoge que “los poderes públicos fomentarán la educación física y el deporte” y en el artículo 148.1.19del texto Constitucional en el que se prevé que “las Comunidades Autónomas puedan asumir competencias en materia deportiva, de conformidad con lo establecido en sus respectivos Estatutos”. Esta fuerte intervención de los poderes públicos en el fomento de la práctica deportiva en estos últimos años se ve reflejada por el hecho de que en nuestro país el 65,50% de las instalaciones deportivas son de titularidad pública frente al 34,50% que son de titularidad privada.

 

Así, en estos últimos años no sólo se ha producido un incremento en el número de las instalaciones deportivas, sino que también se han producido cambios muy significativos en los hábitos deportivos de la población española. Según los datos de la última encuesta sobre hábitos deportivos (García Ferrando 2006) el carácter competitivo del modelo deportivo tradicional se han modificado hasta el punto de que el 77% de la práctica del deporte en nuestro país es una práctica recreativa relacionada con el fomento y el mantenimiento de la salud, frente a tan sólo un 11% de los practicantes del deporte de competición.

 

Estos importantes cambios pueden ilustrarse atendiendo, por ejemplo, a la evolución del número de piscinas cubiertas en nuestro país. Estas instalaciones se han incrementado en un 305% respecto al último censo nacional de instalaciones deportivas de 1997.

 

En este contexto algunos Gobiernos Autonómicos realizan planes directores sobre la planificación y construcción de infraestructuras deportivas cofinanciadas por los Ayuntamientos y cuyo principal objetivo es equilibrar la oferta deportiva en sus respectivos territorios tratando de evitar las concentraciones excesivas de instalaciones en las áreas urbanas y metropolitanas de las grandes ciudades y de cubrir las necesidades de la población de municipios situados en zonas menos favorecidas.

 

En suma, los actuales gestores tanto públicos como privados de las instalaciones deportivas en España se enfrentan a una gran complejidad para el desempeño de su labor, a saber; mayor diversidad de usuarios y con mayores exigencias de calidad, seguridad y accesibilidad a las instalaciones, nuevos deportes y modalidades deportivas y mayores exigencias de rentabilidad de las instalaciones. Todo ello en un marco normativo técnico y reglamentario cada día más complejo. Además actualmente es sumamente difícil para los gestores o responsables de las instalaciones deportivas el conocimiento y aplicación de la normativa técnica existente, ya que en la mayoría de los casos no es sencillo localizar la normativa técnica de aplicación debido, entre otros, a que o bien se encuentra asignada en diferentes comités técnicos de normalización o no existe normativa técnica para cubrir sus necesidades.

 

Por su parte, los profesionales que intervienen en el proceso de diseño, planificación, gestión y mantenimiento de las instalaciones deportivas han puesto de manifiesto la necesidad de armonizar el marco normativo y técnico de las instalaciones deportivas en nuestro país. Entre otras razones para facilitar su información y una cualificación actualizada y válida para todo el territorio español, con independencia de la Región o Comunidad en la que se produzca dicha cualificación.

 

Es en este contexto y atendiendo la petición formulada por las Asociaciones y Organizaciones empresariales del ámbito industrial del deporte, en el que el Consejo Superior de Deportes propuso y posteriormente desarrolló el Proyecto MAID (Mejora y Armonización de las Instalaciones Deportivas Españolas) en el que, una de sus derivaciones fue la reactivación y reorganización  de los Comités Técnicos de Normalización de AENOR en materia de Deportes en torno al comité técnico de normalización AEN/CTN 147 “Deportes, Equipamientos e Instalaciones Deportivas”.

 

Es importante destacar que para las instalaciones españolas es de gran interés el desarrollo de normativa técnica para la gestión y el mantenimiento de las instalaciones deportivas así como para los equipos para personas mayores en los campos de actividad física, equipamientos que en nuestro territorio están siendo cada vez más utilizados y sobre los cuales no existe ninguna regulación de aplicación específica.

 

En este sentido, el comité debe contemplar aspectos para el desarrollo y análisis de los procesos que tienen lugar en las instalaciones deportivas y de los servicios que en ellas se prestan, con independencia de la titularidad de la instalación (pública o privada). Estos procesos son:

    • El diseño, la planificación estratégica de las instalaciones y su gestión.
    • La compra y la dotación de material y equipamiento.
    • La evaluación, inspección y vigilancia.
    • La reposición y el mantenimiento.

 

De esta forma se podrá atender a las necesidades normativas de los agentes implicados en el ámbito del deporte en su conjunto, indistintamente si se trata de fabricantes de equipamiento, gestores de instalaciones, etc.

    

2. NORMAS UNE y UNE-EN

Las normas españolas “UNE” son las elaboradas por AENOR (Asociación Española de Normalización y Certificación) mediante sus Comités Técnicos (CTN)


Las normas europeas “EN” adoptadas y ratificadas como normas españolas “UNE-EN” son elaboradas por CEN (Comité Europeo de Normalización) a través de sus Comités Técnicos (TC) con objeto de que unifiquen los criterios de normalización en el ámbito europeo, de tal manera que sustituyan las que existen en cada país.
La normalización técnica se realiza con la participación de expertos (fabricantes, profesionales, usuarios, centros de investigación, representantes de las Administraciones Públicas, etc.) que voluntariamente se incorporan a los trabajos de normalización a través de AENOR.


El Consejo Superior de Deportes participa en los trabajos de normalización de los Comités Técnicos de CEN y de AENOR, en los que también participan otras Administraciones Públicas, Centros de investigación y Empresas fabricantes o instaladoras.


Las normas “UNE” ó “UNE-EN” no son de obligado cumplimiento salvo que la Administración competente las haga obligatorias mediante Ley, Decreto, Reglamento ó exija su cumplimiento en los Pliegos de Prescripciones Técnicas de los Proyectos de construcción ó en los Contratos de suministros.


No obstante la no obligatoriedad, los titulares de instalaciones deportivas ya sean públicas o privadas disponen de una referencia de calidad y seguridad para la adquisición, dotación y construcción de los equipamientos deportivos.


Y es que, mediante la aplicación de las normas por las Empresas fabricantes, instaladoras o constructoras y la demanda de su aplicación por los titulares de las Instalaciones deportivas, los deportistas y usuarios de dichas Instalaciones se beneficiarán de la mejora de la calidad y de la seguridad de los equipamientos deportivos

  

3. AMBITOS DE ACTUACIÓN

Actualmente la normalización técnica en materia de Infraestructuras Deportivas se realiza en los campos siguientes:

    • SUPERFICIES DEPORTIVAS
    • INSTALACIONES PARA ESPECTADORES
    • ILUMINACIÓN DEPORTIVA
    • EQUIPAMIENTOS DEPORTIVOS
    • EQUIPOS DE PROTECCIÓN

 

No obstante, el campo de actividad perseguido es conseguir Normalización técnica en:

    • Equipos para deportes, campos de juego y otros equipos de recreo, particularmente en lo que se refiere a terminología, las especificaciones de seguridad, la aptitud a la función, los métodos de ensayo, el marcado, la instalación y el mantenimiento, incluidos los equipos de protección individual y colectiva utilizados en actividades deportivas.
    • Instalaciones deportivas.
    • Gestión y mantenimiento de las instalaciones y recintos deportivos.
    • Superficies deportivas.
    • Instalaciones para espectadores.
    • Instalaciones deportivas para personas con necesidades especiales.

 

Con la exclusión de:

    • Espacios complementarios a las instalaciones deportivas tales como centro médico, enfermería, fisioterapia y masaje, entre otros.
    • Áreas de juego infantil.

 

Por ello, la estructura del CTN 147 ha quedado configurada a través de 5 Subcomités:

    • SC 1. Gestión y mantenimiento de instalaciones y recintos deportivos.
    • SC 2. Deportes, Campos de Juego y otros equipos de recreo.
    • SC 3. Superficies deportivas.
    • SC 4. Instalaciones deportivas (instalaciones para espectadores).
    • SC 5. Instalaciones deportivas para la actividad física de personas con necesidades especiales.

 

De esta forma, quedan recogidos la totalidad de agentes afectados, que pueden participar en dichos subcomités, al formar parte de Comité 147, compuesto por:

6.1 Administración Pública

    • Consejo Superior de Deportes (CSD)
    • Ministerio de Educación, Política Social y Deporte
    • Comunidades Autónomas  (Consejería o área responsable de deportes)

 

6.2 Asociaciones y empresas

  • Federación Española de Municipios y Provincias  (FEMP)
  • Federación de Asociaciones de Gestores del Deporte de España (FAGDE)
  • Instituto de Biomecánica de Valencia (IBV)
  • Asociación de fabricantes de equipos, productos químicos y constructores de piscinas (ASOFAP)
  • Asociación de fabricantes y distribuidores de artículos deportivos (AFYDAD)
  • Federación nacional de empresarios de instalaciones deportivas (FNEID)
  • Asociación española de industriales, técnicos de piscinas e instalaciones deportivas (ATEP)
  • Asociación de clubes y entidades deportivas y recreativas (ACEDYR)
  • Asociación española de fabricantes de mobiliario urbano y parques infantiles (AFAMOUR)
  • Asociación Internacional para Instalaciones deportivas y recreativas (IAKS)
  • Federaciones deportivas, a concretar.

 

6.3 Otras entidades

    • Universidades con grupos de trabajo relacionados con el deporte.
    • Centros tecnológicos y de I+D relacionados con deporte.

 

RRII

Actualmente contamos con representantes nacionales en algunos de los grupos de trabajo de los comités internacionales (CEN). Además de mantener este grupo de expertos abrimos la oportunidad de nominar a otros representantes nacionales, ya que es de vital importancia que desde España dispongamos de vocales expertos en materia deportiva que puedan poner en valor los intereses de nuestras Comunidades Autónomas y nuestras empresas en los comités europeos. Recordar que una vez se ha iniciado un proceso de normalización desde Europa (comités CEN) desde los diferentes países podemos y debemos colaborar en el desarrollo normativo ya que una vez sea aprobado los organismos de normalización solo podrán transponer la norma a nivel nacional. Por ello es importante actuar sobre los procesos directamente en Europa. El objetivo es llevar a cabo una política internacional proactiva y no meramente reactiva.

A continuación, se muestra la estructura de los grupos internacionales donde actualmente se está trabajando.

 

  • SC 1. Gestión y mantenimiento de instalaciones y recintos deportivos.
        •  No posee relaciones internacionales

(Programa de trabajo: Elaboración normas UNE netamente nacionales, resultado del proyecto MAID, Mejora y Armonización de Instalaciones deportivas en España)

 

  • SC 2. Deportes, Campos de Juego y otros equipos de recreo.
    • CEN TC 136 DEPORTES, CAMPOS DE JUEGO Y OTROS EQUIPOS DE RECREO,
          • CEN TC 136/WG 3 - Toboganes Acuáticos
          • CEN TC 136/WG 8 - Piscinas
          • CEN TC 136/WG 9 - Rocódromos
          • CEN TC 136/WG 15 - Rutas de cuerda
    • CEN TC 158
          • TC 158/WG 4 Protecciones de la cabeza para ciclistas.
          • TC 158/WG 7 protecciones para la cabeza. Cascos para jugadores de hockey sobre hielo.
    • ISO TC 83 DEPORTES Y EQUIPOS DE RECREO
    • ISO TC 94/SC6/WG5 SEGURIDAD PERSONAL. ROPAS Y EQUIPOS DE PROTECCIÓN. PROTECCIÓN DE LOS OJOS. PROTECTORES PARA DEPORTES DE ROSTRO Y OJOS) 

(Programa de trabajo: seguimiento de los citados CEN/TC e ISO TC, adopción normas EN e ISO y elaboración de normas UNE netamente nacionales, en su caso)

 

  • SC 3. Superficies deportivas
    • TC 217 “SUPERFICIES DEPORTIVAS”

(Programa de trabajo: Seguimiento del citados CEN/TC, adopción normas EN y  elaboración de normas UNE netamente nacionales, en su caso).

 

  • SC 4. Instalaciones deportivas (instalaciones para espectadores).
    • CEN TC 315 “INSTALACIONES PARA ESPECTADORES”

(Programa de trabajo: Seguimiento del citados CEN/TC, adopción normas EN y  elaboración de normas UNE netamente nacionales, en su caso)

 

  • SC 5. Instalaciones deportivas para la actividad física de personas con necesidades especiales.
    • No posee relaciones internacionales.

(Programa de trabajo: Elaboración normas UNE netamente nacionales, estableciéndose contactos con los comités de normalización de accesibilidad existente en AENOR)