Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte

La creación de la Comisión Nacional Contra la Violencia en los Espectáculos Deportivos, incluida en la anterior Ley del Deporte (10/1990), se enmarca dentro de los compromisos internacionales adquiridos por España. Concretamente, tras suscribir el «Convenio Europeo sobre la violencia e irrupciones de espectadores con motivo de manifestaciones deportivas, y especialmente partidos de fútbol», aprobado en Estrasburgo en 1985. La Comisión es un exponente destacado de las medidas de coordinación interna previstas en este convenio.

Posteriormente, se aprobó el Real Decreto 75/1992, de 31 de enero, que regula la composición, organización y normas de funcionamiento de la Comisión y que ha proporcionado el marco jurídico en el que dicho órgano ha venido operando.

La denominación actual de la Comisión le ha sido conferida por el artículo 20 de la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

Dicha Ley presentaba como novedad la ampliación de su ámbito material de actuación, que se extiende a la erradicación del racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

El Real Decreto 203/2010 adapta el régimen normativo de la Comisión a su actual denominación, incluyendo algunas novedades puntuales. En esta línea, se ha pormenorizado la estructura orgánica de la Comisión para adecuar su normativa reguladora a la realidad práctica. Por ejemplo, se concede carta de naturaleza a la Comisión Permanente, que aparece expresamente regulada por primera vez y que venía actuando como Subcomisión de Informes e Infraestructuras.

La Comisión Permanente

La Comisión Permanente es un órgano central en el funcionamiento ordinario de la Comisión, sobre el que recae un gran peso ejecutivo.

Se reúne con intensa periodicidad -una vez cada dos semanas- para analizar los acontecimientos más recientes y formular, en su caso, propuestas de apertura de expedientes sancionadores cuando considera que los hechos analizados son constitutivos de infracción, así como para proponer los encuentros deportivos que deben ser calificados de alto riesgo.

Junto a estas funciones, el real decreto confiere a la Comisión la legitimidad para interponer recursos ante el Tribunal Administrativo del Deporte contra los actos dictados en esta materia por las federaciones deportivas, atribuyendo a la Comisión la facultad para recurrir los actos adoptados por cualquier instancia disciplinaria federativa sin necesidad de agotar la vía deportiva.

Desde la perspectiva de técnica normativa y por razones de seguridad jurídica, se ha seguido la opción consistente en unificar en un nuevo texto la nueva regulación reglamentaria de la organización, composición y funcionamiento de la Comisión Estatal contra la Violencia, el Racismo, la Xenofobia y la Intolerancia en el Deporte.

Por último, la Comisión Permanente aprobó, el 24 de noviembre de 2011, el Protocolo de actuación para el restablecimiento de la normalidad en competiciones, pruebas o espectáculos deportivos a que se refiere el artículo 15.2 de la Ley 19/2007, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.

La Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, aprobada el pasado 31 de diciembre de 2022, introduce las siguientes modificaciones en la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la intolerancia en el deporte.:

- Se modifica la letra e) del apartado 1 por la disposición final 1.1 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-24430

- Se modifica el apartado 2 por la disposición final 1.2 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-24430

- Se modifica la letra b) del apartado 1 por la disposición final 1.3 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-24430

- Se añade el apartado 4 por la disposición final 1.4 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre. Ref. BOE-A-2022-24430

- Se modifica por la disposición final 6 de la Ley Orgánica 7/2021, de 26 de mayo. Ref. BOE-A-2021-8806

 

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