La Comisión Directiva aprueba por unanimidad el nombramiento de los nuevos miembros del Tribunal Administrativo del Deporte

Francisco de Miguel Pajuelo, Pilar Juárez, Alfonso Ramos de Molins y Mónica Morillas concluyeron su mandato el pasado 25 de febrero.
  • Francisco de Miguel Pajuelo, que ostentaba la presidencia, concluyó su mandato el pasado 25 de febrero, al igual que los vocales Pilar Juárez, Alfonso Ramos de Molins y Mónica Morillas.
  • La nueva composición, con los juristas Marcos Mas, Marta Chamorro, Itziar Gómez y Guillermo de Blas, garantiza la presencia equilibrada de mujeres y hombres.
  • Los nuevos nombramientos se han producido por unanimidad.

     

Madrid, 3 de marzo de 2026.- La Comisión Directiva del Consejo Superior de Deportes (CSD) ha acordado este martes la renovación parcial del Tribunal Administrativo del Deporte (TAD), tal y como establece el Real Decreto que regula su composición, organización y funciones, después de que finalizase el mandato de cuatro miembros salientes.

Francisco de Miguel Pajuelo, que ostentaba la presidencia del TAD, concluyó su mandato el pasado 25 de febrero, al igual que Pilar Juárez, Alfonso Ramos de Molins y Mónica Morillas en su condición de vocales. Hacia todos ellos, la Comisión Directiva del CSD ha expresado su agradecimiento antes de la designación, por unanimidad, de las nuevas vocalías.

A propuesta de las federaciones deportivas españolas han sido elegidos Marcos Mas y Marta Chamorro, mientras que a propuesta del presidente del CSD han sido designados como nuevos vocales Itziar Gómez y Guillermo de Blas, que hasta ahora era secretario del TAD.

Los cuatro son juristas de reconocido prestigio y destacan por su mérito y capacidad.

Marcos Mas, licenciado en Derecho, fue director general de Servicios Consultivos y Coordinador Jurídico del Gabinete Jurídico de la Generalitat de Catalunya. Desde 2004, ha sido socio en diferentes despachos de abogados, llevando asuntos de Derecho Administrativo, Derecho Deportivo y litigación.

Marta Chamorro posee una doble licenciatura en Derecho y Administración y Dirección de Empresas. Autora de numerosas publicaciones, en 2016 accedió al Cuerpo de Abogados del Estado.

Itziar Gómez es catedrática acreditada de Derecho Constitucional y exletrada del Tribunal Constitucional. Cuenta con más de quince años de experiencia directa en jurisdicción constitucional, una participación continuada en procedimientos constitucionales de alta complejidad y una especialización consolidada en derechos fundamentales.

Por su parte, Guillermo de Blas, graduado en Derecho y con un título propio en Derecho Económico, accedió a la Abogacía del Estado en 2020. Desde abril de 2023 venía desempeñando las funciones de secretario del TAD.

La nueva composición del Tribunal Administrativo del Deporte, un órgano independiente del CSD en su funcionalidad, garantiza la presencia equilibrada de hombres y mujeres.

 

Acerca del Tribunal Administrativo del Deporte

El Tribunal Administrativo del Deporte es un órgano colegiado de ámbito estatal, adscrito orgánicamente al Consejo Superior de Deportes que, actuando con independencia de éste, asume las siguientes funciones:

  1. Decidir en vía administrativa y en última instancia las cuestiones disciplinarias deportivas de su competencia, las señaladas en la Ley Orgánica 3/2013, de 20 de junio de protección de la salud del deportista y lucha contra el dopaje en la actividad deportiva y conocer del recurso administrativo especial regulado en el artículo 40 de la citada Ley Orgánica.
  2. Tramitar y resolver expedientes disciplinarios, en última instancia administrativa, a requerimiento del presidente del Consejo Superior de Deportes o de su Comisión Directiva, en los supuestos específicos a que se refiere el artículo 76 de la Ley del Deporte.
  3. Velar, de forma inmediata y en última instancia administrativa, por la conformidad a derecho de los procesos electorales en los órganos de gobierno de las Federaciones deportivas españolas.

 

El Tribunal Administrativo del Deporte se compone de siete miembros, independientes e inamovibles. En el ejercicio de sus funciones no podrán recibir orden o instrucción alguna de ninguna autoridad pública o de otra persona, tal y como establece el Real Decreto 53/2014, de 31 de enero, por el que se desarrolla la composición, organización y funciones del Tribunal Administrativo del Deporte.

 

La competencia de este Tribunal es irrenunciable e improrrogable y no podrá ser alterada por la voluntad de los interesados.