
Colaboración empresarial
Iniciativas declaradas como Acontecimientos de Excepcional Interés Público (AEIP) a través de la cual las empresas colaboradoras obtienen beneficios fiscales: Universo Mujer III, ADB 2030, Deporte Inclusivo II, Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de París 2024, Reto DE y España Compite.
UNIVERSO MUJER III
UNIVERSO MUJER III es un programa que tiene por objeto la promoción y el incremento de la participación femenina en todos los ámbitos del deporte, para contribuir a la mejora y transformación social a través de los valores del deporte. Se busca alcanzar una sociedad más igualitaria donde la mujer y el deporte sean parte esencial del crecimiento del país.
UNIVERSO MUJER III pretende profundizar en la dimensión social y cultural del deporte para impulsar un cambio en el estilo de vida de los españoles y fomentar el deporte en las mujeres, mediante su promoción y visibilización.
UNIVERSO MUJER III se materializa en la puesta en marcha de proyectos que busquen la difusión y promoción del deporte femenino a través de 5 grandes pilares de actuación:
- Formación como elemento de excelencia
- Plan de desarrollo deportivo: desde la base hasta la élite
- Visibilización y promoción de la mujer en el deporte y en la sociedad
- Liderazgo
- Mujer, salud y deporte.
MANUAL DE IDENTIDAD CORPORATIVA Y DE USO PARA EMPRESAS COLABORADORAS: En este documento se determinan los estándares de utilización de los logotipos y/o imagen del acontecimiento de excepcional interés público “Universo Mujer”, así como los criterios para la cuantificación de los diferentes beneficios fiscales que prevé la normativa actual con el fin de apoyar el adecuado desarrollo del acontecimiento; también, establece los soportes publicitarios para su divulgación y la base de deducción de los mismos, las modalidades de gastos de publicidad de los medios de comunicación colaboradores del acontecimiento, y la definición de los planes y programas de actuación que se realicen en el marco del Plan. Y, además, se define tanto el procedimiento de reconocimiento de los beneficios fiscales como los modelos de documentación a aportar por las empresas colaboradoras y establecer la normativa aplicable a este procedimiento. Descarga el manual:
MODELO DE SOLICITUD: Modelo de solicitud que han de utilizar las empresas que quieren presentar un proyecto deportivo para que se incluya en los planes y programas del AEIP Universo Mujer III. Descarga el modelo de solicitud:
ADB 2030
ADB 2030 es un plan de Apoyo al Deporte de Base dirigido a incrementar el número de practicantes de los deportes y conformar unas condiciones óptimas para la detección de talentosa deportivos y su formación integral, tanto en lo deportivo como en lo académico. Pero además, en esta edición, ADB 2030 quiere incidir en la población general, promoviendo la práctica de la actividad física y el deporte como un elemento fundamental de un estilo de vida saludable a lo largo de la vida.
Los proyectos y actividades del ADB 2030 se desarrollan en torno a tres grandes programas:
- El apoyo al Deporte Escolar (ADE)
- El apoyo al Deporte Universitario (ADU)
- la promoción de la actividad física y lucha contra el sedentarismo (ADB+)
El Plan 2030 de Apoyo al Deporte Base ha sido declarado acontecimiento de excepcional interés público en la Ley 22/2021, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2022. La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarca del 1 de enero de 2022 al 31 de diciembre de 2024.
MANUAL DE IDENTIDAD CORPORATIVA Y DE USO PARA EMPRESAS COLABORADORAS: En este documento se determinan los estándares de utilización de los logotipos y/o imagen del acontecimiento de excepcional interés público (AEIP) “Programa ADB 2030”, así como los criterios para la cuantificación de los diferentes beneficios fiscales que prevé la normativa actual con el fin de apoyar el adecuado desarrollo del acontecimiento; se detallan los diferentes soportes publicitarios en los que se ha de insertar el logotipo del acontecimiento y las características que ha de reunir este logotipo para que los gastos en publicidad sean deducibles. Para cada soporte publicitario se establece la base de la deducción de los gastos de publicidad que realicen las empresas colaboradoras con el acontecimiento. Se detallan los planes y programas de actuación que se realicen en el marco del Plan y además se define tanto el procedimiento de reconocimiento de los beneficios fiscales como los modelos de documentación a aportar por las empresas colaboradoras y la normativa aplicable a este procedimiento. Descarga el manual:
MODELO DE SOLICITUD: Modelo de solicitud que han de utilizar las empresas que quieren presentar un proyecto deportivo para que se incluya en los planes y programas del AEIP Plan 2030 de Apoyo al Deporte Base. Descarga el modelo de solicitud:
DEPORTE INCLUSIVO II
DEPORTE INCLUSIVO II es un programa que busca promover la práctica deportiva de personas con discapacidad como herramienta para su integración social. La práctica deportiva además de ser un poderoso instrumento para el fomento de la salud, favorece dinámicas que equilibran las diferencias personales permitiendo la inclusión de las personas con discapacidad en sus entornos sociales.
DEPORTE INCLUSIVO II se materializa en la puesta en marcha de iniciativas relacionadas con el fomento de la actividad deportiva que promuevan la inclusión y la integración en el deporte, poniendo especial interés en las personas con discapacidad. Las principales vías de desarrollo del proyecto serán:
- Promoción de la actividad física en entornos inclusivos
- Formación especializada
- Accesibilidad al deporte
- Plan deportivo de promoción de competiciones inclusivas
- Comunicación y difusión del valor del deporte inclusivo y sus logros
El Programa Deporte Inclusivo II ha sido declarado acontecimiento de excepcional interés público en la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021. La duración del programa de apoyo a este acontecimiento abarca del 1 de julio de 2021 al 30 de junio de 2024.
MANUAL DE IDENTIDAD CORPORATIVA Y DE USO PARA EMPRESAS COLABORADORAS: En este documento se determinan los estándares de utilización de los logotipos y/o imagen del acontecimiento de excepcional interés público (AEIP) “Programa Deporte Inclusivo II”, así como los criterios para la cuantificación de los diferentes beneficios fiscales que prevé la normativa actual con el fin de apoyar el adecuado desarrollo del acontecimiento; se detallan los diferentes soportes publicitarios en los que se ha de insertar el logotipo del acontecimiento y las características que ha de reunir este logotipo para que los gastos en publicidad sean deducibles. Para cada soporte publicitario se establece la base de la deducción de los gastos de publicidad que realicen las empresas colaboradoras con el acontecimiento. Se detallan los planes y programas de actuación que se realicen en el marco del Plan y además se define tanto el procedimiento de reconocimiento de los beneficios fiscales como los modelos de documentación a aportar por las empresas colaboradoras y la normativa aplicable a este procedimiento. Descarga el manual:
MODELO DE SOLICITUD: Modelo de solicitud que han de utilizar las empresas que quieren presentar un proyecto deportivo para que se incluya en los planes y programas del AEIP Programa Deporte Inclusivo II.
PROGRAMA DE PREPARACIÓN DE LOS DEPORTISTAS ESPAÑOLES DE LOS JUEGOS DE PARÍS 2024
Con el fin de fomentar la colaboración privada en la financiación de actividades deportivas de alto nivel, a través del mecenazgo, se ha aprobado a lo largo del tiempo, la declaración como acontecimientos de excepcional interés público, a diferentes actuaciones deportivas, lo que ha generado una muy relevante afluencia de recursos privados para la financiación de estos acontecimientos.
El “Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de París 2024” ha sido declarado como acontecimiento de excepcional interés público a los efectos de lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley 49/2202. El plazo de duración para este Programa se ha establecido de 1 de enero de 2022 a 31 de diciembre de 2024.
Los incentivos fiscales para los acontecimientos declarados como de excepcional interés público se encuentran regulados en el artículo 27 de la Ley 49/2002, de Régimen Fiscal de las Entidades Sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo, así como en los artículos 7 a 12 del RD 1270/2003, de 10 de octubre, que desarrolla el Reglamento de la citada Ley.
Para que las empresas colaboradoras puedan ser beneficiarias de esos incentivos fiscales, deben realizar una aportación a la entidad encargada de realizar los planes y programas del acontecimiento que, en el caso de los deportistas paralímpicos es el Comité Paralímpico Español (CPE), para el Programa ADOP.
Dichos incentivos fiscales se concretan en que las empresas patrocinadoras (o donantes) podrán deducir de la cuota íntegra del impuesto sobre sociedades (en el caso de personas jurídicas), el 15 % de los gastos de propaganda y publicidad de proyección plurianual, que sirvan directamente para la promoción del respectivo acontecimiento, siempre y cuando el órgano administrativo creado al efecto, otorgue a dicha publicidad esa condición. Si este órgano declara la condición de publicidad esencial, la base sobre la que se aplicará dicho 15 % será el importe total del gasto y en el caso de que la calificación de la publicidad por parte del órgano sea de No esencial, la base de la deducción será el 25 % de dicho gasto (es decir, sobre un gasto de publicidad de importe A, la deducción a aplicar en el caso de ser calificado como publicidad esencial sería el 15 % de A. Si la publicidad tiene la consideración de no esencial el 15 % de deducción se aplicaría sobre el 25 % de dicho gasto, esto es: A x 25% x 15%).
La normativa reguladora establece una limitación para esta deducción en el Impuesto sobre Sociedades y es que no puede exceder del 90 % de las donaciones o aportaciones efectuadas a la entidad encargada de realizar los planes y programas del acontecimiento, es decir, al CPE.
Para este acontecimiento se ha constituido un órgano administrativo encargado tanto de certificar la adecuación de los gastos de propaganda y publicidad de las empresas colaboradoras a los planes y programas del acontecimiento, como de certificar la calificación de estos gastos de publicidad, como esenciales o no esenciales en el sentido de difusión y notoriedad del acontecimiento, calificación ésta necesaria a efectos del cálculo de la base de la deducción fiscal. El certificado que emite este órgano es necesario para poder ser beneficiario del incentivo fiscal.
Se ha aprobado un MANUAL DE IDENTIDAD CORPORATIVA Y DE USO PARA EMPRESAS COLABORADORAS para el Programa ADOP en el que se determinan los estándares de utilización de los logotipos y/o imagen del acontecimiento de excepcional interés público “Programa de preparación de los deportistas españoles de los Juegos de París 2024”, así como los criterios para la calificación de los soportes publicitarios (esenciales o no esenciales) y la cuantificación de la base de deducción de los mismos que prevé la normativa actual, con el fin de apoyar el adecuado desarrollo del acontecimiento. Además, se define en este manual tanto el procedimiento de reconocimiento de los beneficios fiscales como los modelos de documentación a aportar por las empresas colaboradoras, así como la normativa aplicable a este procedimiento.
Las aportaciones que realizan las empresas al Programa ADOP se destinan a la ejecución de los siguientes planes y programas:
• Concesión de ayudas económicas directas a los deportistas con proyección de medalla en los Juegos Paralímpicos de París 2024 y/o Milán – Cortina d’Ampezzo, sus entrenadores y deportistas de apoyo, cuando aplique.
• Provisión de servicios deportivos que les ayuden a que dicha preparación para los Juegos Paralímpicos sea óptima.
• Financiación de proyectos de alto rendimiento elaborados por las Federaciones Españolas dirigidos a la preparación de los deportistas para los Juegos Paralímpicos de París 2024 y Milán – Cortina d’Ampezzo.
• Concesión de ayudas para el entrenamiento de sus deportistas en Centros de Alto Rendimiento del territorio nacional.
• Apoyo en materia de clasificación deportiva.
• Desarrollo de los programas de detección de talento e impulso al deportista joven con opciones de participación en los Juegos Paralímpicos con especial atención a los programas de Promesas Paralímpicas y Relevo Paralímpico.
• Desarrollo de actividades que tengan por objeto la promoción del Programa de Preparación de los Deportistas Españoles para los Juegos Paralímpicos de París 2024 y Milán – Cortina d’Ampezzo, que prevé contraprestaciones en materia de imagen y relaciones públicas (presencia de la marca en medios de comunicación, eventos, etc.), así como una rentabilidad en materia de reputación corporativa derivada de la asociación de las marcas a la excelente imagen que la sociedad tiene de los deportistas paralímpicos. Descarga el manual:
RETO DE
El programa “RETO DE” tendrá como objetivo el desarrollo de actuaciones dirigidas a promocionar la actividad deportiva en los entornos rurales, haciendo del deporte un elemento dinamizador del territorio.
“RETO DE” contemplará la ejecución de proyectos, en cuatro líneas de actuación:
- la organización de eventos deportivos que impliquen un desarrollo socioeconómico y de promoción turística para el territorio, enfocado a generar actividad económica en torno a la actividad deportiva;
- la realización de actividad deportiva que dinamice socialmente dentro del ámbito de actuación, los municipios, comarcas, provincias o comunidades autónomas donde se lleve a cabo;
- la promoción de iniciativas deportivas vinculadas a potenciar los recursos naturales, patrimoniales, culturales y turísticos del territorio y,
- el apoyo a proyectos, programas y actividades deportivas que sean innovadoras y permitan aportar valor al ecosistema deportivo, empresarial y social del territorio, generando nuevos aprovechamientos de los recursos existentes.
MANUAL DE IDENTIDAD CORPORATIVA Y DE USO PARA EMPRESAS COLABORADORAS: En este documento se determinan los estándares de utilización de los logotipos y/o imagen del acontecimiento de excepcional interés público (AEIP) “Programa RETO DE”, así como los criterios para la cuantificación de los diferentes beneficios fiscales que prevé la normativa actual con el fin de apoyar el adecuado desarrollo del acontecimiento; se detallan los diferentes soportes publicitarios en los que se ha de insertar el logotipo del acontecimiento y las características que ha de reunir este logotipo para que los gastos en publicidad sean deducibles. Para cada soporte publicitario se establece la base de la deducción de los gastos de publicidad que realicen las empresas colaboradoras con el acontecimiento. Se detallan los planes y programas de actuación que se realicen en el marco del Plan y además se define tanto el procedimiento de reconocimiento de los beneficios fiscales como los modelos de documentación a aportar por las empresas colaboradoras y la normativa aplicable a este procedimiento.
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ESPAÑA COMPITE
"España Compite: en la Empresa como en el Deporte” es un programa desarrollado por la Fundación Deporte Joven en colaboración con el Consejo Superior de Deportes con la finalidad de contribuir al impulso y proyección de las Empresas españolas en el ámbito interno e internacional, la potenciación del deporte y la promoción del empresario como motor de crecimiento asociado a los valores del deporte.
Enlace a la página específica de de la FUNDACIÓN DEPORTE JOVEN (FDJ)