El CSD convoca préstamos a las Federaciones Deportivas Españolas para el saneamiento de sus cuentas

El plazo máximo de presentación de solicitudes será el próximo 23 de julio
  • El Consejo Superior de Deportes podrá conceder préstamos hasta un importe total máximo de 600.000 euros, con un plazo de amortización de 5 años y un periodo de carencia máximo de dos años.

 

Madrid, 14 de julio de 2025.- El Consejo Superior de Deportes (CSD) ha convocado la concesión de préstamos a Federaciones Deportivas Españolas en el año 2025, tal y como se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el pasado 11 de julio. 

El objeto de estos préstamos, que se concederán en régimen de transparencia, publicidad, objetividad y concurrencia competitiva, es apoyar la financiación de operaciones y medidas de saneamiento de la situación económica de las federaciones.

Se incluyen aquellos planes ya iniciados que hayan sido financiados por entidades de crédito o bancos y que se encuentren en situación de préstamos consolidados, o que habiéndose financiado con fondos propios representen una carga importante para el balance de la federación. 

Para tal fin, el CSD concederá préstamos hasta un importe total máximo de 600.000 euros, con un plazo de amortización de cinco años (60 meses) y un periodo de carencia máximo de 24 meses.

El pago de las cuotas de amortización e intereses se realizará mediante un pago único con periodicidad anual, con un tipo de interés equivalente al tipo medio de la deuda emitida por el Estado en instrumentos con vencimiento similar al del préstamo.

En cuanto a las diferencias con préstamos anteriores convocados por el CSD cabe destacar que, en esta ocasión, no pueden optar las federaciones que tengan algún préstamo vivo con el Consejo Superior de Deportes. Además, el CSD podrá intervenir los pagos que realice la federación con el importe del préstamo, tal como prevé la nueva Ley del Deporte. 

Las solicitudes podrán presentarse hasta el próximo miércoles, 23 de julio, a través de la Sede Electrónica del CSD.