El paso previo imprescindible a la constitución y reconocimiento de una Federación deportiva española es el reconocimiento de la Modalidad Deportiva propósito de la Federación. La aprobación de ambos reconocimientos le corresponde a la Comisión Directiva del CSD, según establece el artículo 14 de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte.
Una vez aprobada una nueva Modalidad Deportiva por el C.S.D., los requisitos para la constitución y reconocimiento de una Federación Deportiva Española se encuentran establecidos en el artículo 8 del Real Decreto 1835/1991, de 20 de diciembre, sobre Federaciones Deportivas Españolas y Registro de Asociaciones Deportivas, cuando se reúnan todos y cada uno de los requisitos y condiciones anteriormente indicados, se podrá remitir la solicitud de reconocimiento Federación deportiva española a la Comisión Directiva del C.S.D., junto con la documentación acreditativa de todo lo indicado anteriormente, para su estudio y aprobación, si procede.